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Flash Fiscal | IMSS elimina el NPIE y establece la e.firma del SAT como único certificado digital para trámites electrónicos

July 21, 2026
IMSS elimina el NPIE y establece la e.firma del SAT como único certificado digital para trámites electrónicos Este 16 de julio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR del H. Consejo Técnico del IMSS, mediante el cual se da un paso importante en la simplificación en la digitalización de los trámites patronales, fortaleciendo la seguridad jurídica de los trámites electrónicos, reduciendo el uso de certificados propios. Conforme a este Acuerdo, la e.firma emitida por el SAT será el único certificado digital válido para realizar movimientos afiliatorios y demás actos electrónicos ante el IMSS. Además, se elimina el uso del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y su certificado digital y se otorga un periodo de transición de 90 días naturales contados a partir de la publicación del Acuerdo para que los patrones migren al nuevo esquema. Entre los aspectos más importantes destacan: La e.firma del SAT será el único medio de autenticación para los actos electrónicos realizados ante el IMSS. Los representantes legales únicamente podrán vincularse mediante Escritorio Virtual, utilizando la e.firma tanto del representante como del representado. Se deroga el uso del NPIE y del certificado digital emitido por el IMSS. Existe un periodo de transición de 90 días naturales, después del cual el nuevo esquema será de aplicación exclusiva. Principales problemáticas que se pueden presentar: Empresas cuya e.firma se encuentre vencida no podrán realizar oportunamente movimientos afiliatorios. Representantes legales que no estén correctamente vinculados en Escritorio Virtual podrían quedar imposibilitados para presentar trámites electrónicos. La pérdida, revocación o cancelación de la e.firma puede detener procesos operativos relacionados con altas, bajas, modificaciones salariales y otros movimientos ante el IMSS. Recomendaciones: Verificar inmediatamente la vigencia de la e.firma de la empresa y de sus representantes legales. Confirmar que los representantes legales estén correctamente vinculados mediante Escritorio Virtual. Elaborar un plan de migración antes de que concluya el periodo de transición de 90 días. Establecer controles para la custodia y renovación oportuna de la e.firma.
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