Cambios al aplicativo de la Declaración Anual para personas morales no Lucrativas (F21)

22 de enero de 2025

Cambios al aplicativo de la Declaración Anual para personas morales no Lucrativas (F21)


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado cambios significativos en la Declaración Anual para Personas Morales con Fines No Lucrativos, correspondiente al Formato 21. Estas modificaciones buscan fortalecer la transparencia y el cumplimiento fiscal de las organizaciones sin fines de lucro, especialmente las donatarias autorizadas.


Novedades en el Formato 21

las novedades en este formato se enlistan a continuación.

  1. Número de Oficio de Autorización como Donataria: Las organizaciones que cuentan con autorización para recibir donativos deducibles deberán proporcionar el número de oficio que acredita dicha autorización. Este requisito permite al SAT verificar la vigencia y autenticidad de la autorización otorgada.

  2. Apartado de Donativos Otorgados: Se ha incorporado una sección específica para reportar los donativos que la organización ha otorgado a terceros. Este apartado busca asegurar la correcta aplicación de los recursos y la coherencia con los objetivos sociales de la entidad.

  3. Detalle de Integrantes: Ahora es obligatorio proporcionar información detallada sobre el número de integrantes de la organización, incluyendo datos de los asociados, miembros del consejo directivo y otros participantes relevantes. No se piden datos personales, sólo identificar si se trata de persona física o persona moral. Esta medida pretende garantizar la transparencia en la estructura organizacional y en la toma de decisiones.

  4. Estado de Situación Financiera y Estado de Actividades: Se requiere la presentación de los estados financieros básicos:
  • Estado de Situación Financiera (Balance General): Refleja la posición financiera de la organización a una fecha determinada, mostrando activos, pasivos y patrimonio.
  • Estado de Actividades (Estado de Resultados): Muestra el desempeño financiero durante un periodo específico, detallando ingresos, gastos y el resultado neto.


Es importante que en las organizaciones sin fines de lucro presten especial atención a estos cambios para asegurar su cumplimiento, sobre todo considerando que deben prepararse con suficiente tiempo para reunir la información que se requiere, puesto que es un cambio significativo respecto de la declaración del ejercicio anterior.


Reformas Clave a la Ley Antilavado en México
26 de agosto de 2025
Un Nuevo Horizonte en la Lucha contra el Lavado de Dinero y el Financiamiento al Terrorismo
Presentación Declaración Informativa Operaciones Terceros (DIOT) Plataforma Digital
7 de agosto de 2025
Hasta el pasado mes de julio de 2025 se permitió la presentación por medio del aplicativo de DIOT cuya última versión fue la 1.2.1 liberada en 2019.
Cuarta Resolución de modificaciones a la RMF para 2025
6 de agosto de 2025
El pasado 9 de julio del presente se publicó en el DOF la Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025. Las siguientes son las reglas mas relevantes:
Simulación de Operaciones Partes Relacionadas | Boletín Fiscal
22 de julio de 2025
Con la adición del artículo 42-B al Código Fiscal de la Federación (CFF), vigente a partir de la reforma fiscal de 2022
27 de junio de 2025
En el ámbito fiscal, los contadores juegan un papel crucial en la correcta administración y cumplimiento de las obligaciones tributarias.
3A RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN A LA RMF 2025
10 de junio de 2025
3A RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN A LA RMF 2025
Reformas Clave a la Ley Antilavado en México
26 de agosto de 2025
Un Nuevo Horizonte en la Lucha contra el Lavado de Dinero y el Financiamiento al Terrorismo
Presentación Declaración Informativa Operaciones Terceros (DIOT) Plataforma Digital
7 de agosto de 2025
Hasta el pasado mes de julio de 2025 se permitió la presentación por medio del aplicativo de DIOT cuya última versión fue la 1.2.1 liberada en 2019.
Cuarta Resolución de modificaciones a la RMF para 2025
6 de agosto de 2025
El pasado 9 de julio del presente se publicó en el DOF la Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025. Las siguientes son las reglas mas relevantes: